La bonificación de la formación depende de la actividad de la empresa y del puesto de trabajo. En general, hay ciertos tipos de formación que puede tener restricciones para ser bonificada. Algunos ejemplos comunes de formación que podría no ser bonificable o no:

  1. Formación no relacionada con la actividad de la empresa y con el puesto de trabajo: si la formación no está directamente relacionada con la actividad de la empresa o no aporta nada a las funciones del trabajador en su puesto de trabajo, no será bonificable.
  2. Actividades recreativas o de ocio: La formación que se percibe como recreativa o de ocio, y que no tiene un propósito educativo o profesional claro, podría no ser elegible para bonificaciones.
  3. Jornadas, encuentros, convivencias, etc., estas actividades tienen un carácter más informativo que formativo y, por lo tanto, no son bonificables.
  4. Formación realizada por proveedores no autorizados: en algunos casos, solo la formación proporcionada por proveedores autorizados o certificados puede ser bonificable. La formación impartida por entidades que no cumplen con los requisitos establecidos por las autoridades competentes puede no ser elegible.
  5. Formación fuera de plazo: En muchos casos, hay plazos establecidos para solicitar la bonificación de la formación. Si la solicitud se realiza fuera de estos plazos, es posible que la formación no sea bonificable.

Es importante tener en cuenta la normativa en vigor para determinar qué formación es bonificable. Además, es recomendable obtener información actualizada, ya que las regulaciones pueden cambiar con el tiempo. Pero en este aspecto el asunto es bien claro.

 

4 comentarios en “¿Qué formación no es bonificable?”

  1. Estuve años bonificando unas jornadas hasta que te oí decir que no eran objeto de bonificación. Ahora lo tengo claro: cada cosas es para lo que es.

  2. La formación cuenta con unas hechuras de todos conocidos: objetivos concretos marcados, temas de estudio que nos lleven a esos objetivos, entrega de manual (libro) con los contenidos para profundizar en el estudio, evaluación de contenidos, de calidad y de impacto, grupo formativo. Esos otros eventos tienen un carácter informativo. No bonificables por lo tanto.

  3. Te leo desde hace tiempo en este y en otros blogs que has tenido. La verdad es que siempre he visto todo esto que tratas como muy farragoso y complicado a lo que leo y no termino nunca de atraparlo en cu totalidad. ´Los últimos temas son de formación en general más que de la formación bonificada. Son ideas buenas pero que nada tienen que ver con la bonificación.

    1. Es cierto lo que dices: nosotros somos una de las escasísimas empresas en España que se dedica de manera exclusiva a asesorar, formar, auditar y gestionar formación bonificada para empresas que lo precisan, mayoritariamente de formación pero también a empresas medianas y grandes que precisan consultoría al respecto. No nos dedicamos a otra cosa y no gestionamos bonificaciones de otro tipo de formaciones transversales ni técnicas de ni cualquier otro tipo: somos expertos exclusivamente en la formación programada/bonificada.

      De manera que todo lo hacemos desde esa perspectiva. Mayoritariamente hablamos de la bonificación en el blog y en los Martes Directo (un programa de consultas que hacemos todos los martes a las 10:00 y donde tratamos sobre bonificaciones, requisitos, normativa, etc. Pero eso no es obstáculo para tratar otros temas que afectan a la formación en general, sus retos, oportunidades, etc. Es lo que hemos querido hacer este principio de año al tratar temas generales sobre formación pero que preocupan a algunos centros, incluso a los departamentos de recursos humanos y formación de grandes empresas que albergan ciertas dudas sobre si determinada formación que imparten en sus empresas, si es o no es bonificable.

      Por eso ha sido el tratar de estos temas también. Gracias por tu aportación.

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