Formación imprescindible para las empresas

En términos sencillos, el crédito de formación es un recurso a disposición de las empresas para impulsar la capacitación de sus trabajadores. Representa una cantidad en euros anual en función de las aportaciones, tanto de trabajadores como de empresas, que está destinada a financiar acciones formativas que contribuyan al desarrollo profesional de los trabajadores y a la rentabilidad de la empresa. Veamos sus puntos críticos:

  1. Crédito asignado: cada empresa, principalmente a través de sus aportaciones para formación profesional en las cotizaciones a la Seguridad Social, genera un crédito. Además, las empresas de menos de 50 trabajadores pueden reservar su crédito de un ejercicio para los dos siguientes. De ese modo, si le queda disponible en un ejercicio se trasvasará automáticamente al siguiente, siempre que haya formalizado su reserva antes del 1 de julio de cada ejercicio.
  2. Aplicación telemática de FUNDAE: la empresa puede utilizar este crédito para financiar acciones formativas que mejoren las competencias y habilidades de sus empleados. Puede gestionar dicho crédito por sí misma, como bonificada o contanto con una entidad externa organizadora que se encarga de todo; la gestión se tramita a través de la aplicación de FUNDAE.
  3. Programación de la formación: la empresa elige los cursos o programas de formación que considera más beneficiosos para su plantilla. Pueden ser cursos en modalidad presencial, teleformación o mixta.
  4. Bonificación de costes: una vez completada la formación, la empresa puede bonificar el importe invertido en los cursos descontándolos de la cuota a la Seguridad Social. Es decir, la empresa recupera todo o parte del dinero empleado en la formación a través de deducciones en sus cotizaciones. ¿De qué depende que pueda bonificar todo o parte de lo invertido? Básicamente de las horas del curso y del número de participantes.
  5. Beneficios para la empresa y los trabajadores: esta iniciativa fomenta el desarrollo profesional de los empleados, mejora la competitividad de las empresas y contribuye a su crecimiento económico. Además, facilita que las empresas inviertan en el aprendizaje y la capacitación de su personal.

En resumen, el crédito de formación en España es una herramienta que busca incentivar a las empresas a invertir en la capacitación de sus empleados, ofreciendo la posibilidad de recuperar todo o parte de los costes a través de bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social

Sin embargo, hay ciertas restricciones a la utilización de estos fondos. Las limitaciones específicas obedecen a los siguientes supuestos:

  1. Gastos no relacionados con la formación: el crédito bonificado está destinado a cubrir los costes asociados con la formación de los trabajadores. Si una empresa intenta utilizar estos fondos para gastos no relacionados con la formación, no serían bonificables.
  2. Cursos no relacionados con la actividad de la empresa ni con el puesto de trabajo: algunos programas de formación no son elegibles para recibir fondos bonificados en virtud de la no idoneidad tanto para la empresa como para los puestos de trabajo.
  3. Fraude o uso indebido: Cualquier intento de fraude o uso indebido de los fondos de formación bonificada puede llevar a sanciones legales y a la pérdida del derecho a recibir, en el futuro, todo tipo de ayudas en general.
  4. Actividades no estrictamente formativas: como, por ejemplo, encuentros, jornadas, presentaciones, convivencias, etc; porque este tipo de actividades tienen un carácter más informativo que formativo.
  5. Incumplimiento de requisitos: Las empresas suelen tener la obligación de cumplir con ciertos requisitos, como informar sobre la formación realizada y cumplir con los plazos establecidos; estar al corriente de pago frente a Hacienda o la Seguridad Social, etc. El incumplimiento de estas y otras obligaciones puede resultar en la pérdida del crédito bonificado.

En suma, un excelente recurso para que las empresas actualicen los conocimientos de sus trabajadores que está sometido a normativa y, como tal, debe ser conocido en todos sus extremos para que las partes saquen el máximo provecho de él sin sorpresas desagradables.

Un comentario en “El crédito de formación: qué financia y qué no financia”

  1. Hola, José María. Es muy clarificador tu artículo porque siempre hay dudas sobre qué formación se puede bonificar y qué formación no se puede bonificar. Por todo ello te estoy muy agradecido.

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