
Las tres últimas sesiones de Martes Directo han tratado asuntos muy distintos entre sí: la formación obligatoria, la redacción de objetivos y contenidos, el grupo de acciones y la gestión de los grupos de empresas. Sin embargo, todos conducen al mismo lugar. En formación programada, el aplicativo permite tramitar, pero no sustituye el criterio del gestor.
La primera cuestión nos llevó a un terreno que durante años se ha despachado con una frase demasiado sencilla: si la formación es obligatoria, no puede bonificarse. La realidad es bastante más incómoda. La obligatoriedad, por sí sola, no resuelve el expediente, pero tampoco convierte la formación en bonificable.
El permiso de veinte horas del artículo 23.3 del Estatuto de los Trabajadores y la bonificación con cargo al crédito de formación pertenecen a planos diferentes. Confundirlos conduce a conclusiones precipitadas. Cuando se analiza una acción de prevención de riesgos laborales hay que mirar qué se enseña, para qué, a quién se dirige, qué relación mantiene con el puesto de trabajo y si desarrolla una competencia profesional que pueda trasladarse al desempeño.
La Sentencia 109/2026 del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León tampoco ha declarado que toda la formación en prevención sea bonificable. Lo que cuestiona es que se rechace una acción sin estudiar su contenido real. En el caso analizado se examinaron el puesto, las funciones y los riesgos, pero quedó un agujero en el expediente: no se valoró el programa formativo. La sentencia de 2026 no borra los criterios anteriores; obliga a individualizar mejor cada caso.
De ahí pasamos a una parte menos llamativa, aunque decisiva: los objetivos y contenidos. Un curso no se defiende con expresiones como “mejorar el liderazgo”, “aprender comunicación” o “conseguir el carné RITE”. Eso puede describir una intención, un deseo o incluso un resultado administrativo, pero no explica qué aprenderá el participante.
Un objetivo bien formulado debe expresar una capacidad observable mediante un verbo de acción, concretar el aprendizaje y situarlo en un contexto profesional. Aplicar técnicas de liderazgo situacional para coordinar equipos dice mucho más que “mejorar el liderazgo”. Los contenidos, por su parte, no pueden ser una acumulación de temas atractivos: deben sostener el objetivo, organizarse en módulos y seguir una secuencia que permita entender cómo se alcanzará el resultado previsto.
Esta coherencia no es un refinamiento académico. Ayuda a acreditar la naturaleza formativa de la acción, justifica su duración y permite demostrar qué competencia se pretendía desarrollar. Cuando el objetivo es vago, el expediente también lo es; y un expediente vago ofrece poca defensa cuando aparece una comprobación.
La tercera sesión nos devolvió al aplicativo, aunque no al simple acto de cumplimentar una casilla. Para encuadrar una acción hay que seleccionar primero el área profesional y, después, el grupo de acciones que mejor se adapte a su contenido. En el ejemplo del CAP de mercancías de 35 horas, dentro del área de conducción de vehículos por carretera, el grupo elegido fue el de conducción de camiones pesados. La aplicación limita las opciones, pero la elección sigue exigiendo criterio.
Algo parecido ocurre con el perfil de grupo de empresas. No estamos ante una agrupación de clientes de una entidad organizadora, sino ante empresas vinculadas que cumplen las condiciones exigidas: consolidación de balances, dirección efectiva común o pertenencia a una misma matriz. Basta con que concurra una de ellas.
El grupo permite coordinar la formación de las empresas vinculadas, que una de ellas organice la actividad del conjunto y que puedan compartir crédito dentro de los límites aplicables. Pero compartir no crea crédito nuevo. El importe total del grupo no aumenta y cada empresa conserva sus propias restricciones. Una microempresa puede ceder todo, una parte o nada de su crédito; si lo cede por completo, se queda sin crédito para formar a sus propios trabajadores y tampoco puede recibir crédito adicional del resto.
Estas tres sesiones dejan una enseñanza que conviene recordar. Gestionar formación programada no consiste en encontrar la casilla que permite continuar. Consiste en saber por qué una acción puede bonificarse, qué competencia desarrolla, cómo debe clasificarse, qué empresas pueden participar y qué documentos permitirán defender la decisión tomada.
Tramitar comienza cuando se abre el aplicativo. Gestionar empieza bastante antes.
